¿Cómo y cuándo solicitar la devolución de percepciones de Dólar en AFIP?
La Administración Federal de Ingresos Públicos ha establecido un proceso y una fecha límite para la devolución de los gastos en moneda extranjera. ¿Sabes cuándo y cómo obtener este reembolso?
Tl;dr
- Posibilidad de solicitar la devolución del 35% de percepciones hasta el 31 de marzo de 2024.
- El trámite se realiza a través del SIRADIG/Trabajador de AFIP.
- Existen requisitos y procedimientos específicos para la solicitud.
- Distintos contribuyentes pueden reclamar la devolución de las percepciones.
Devolución de percepciones: una oportunidad hasta marzo 2024
Si durante el año 2023 realizaste compras en dólares o efectuaste consumos en esta moneda a través de tarjetas, existe la posibilidad de solicitar la restitución del 35% de las percepciones correspondientes a los anticipos de impuestos aplicados en dichas transacciones.
Trámites con AFIP para la devolución
Para realizar el trámite en AFIP, deberás seguir los siguientes pasos:
- Acceso al formulario 572 web con tu CUIT y clave fiscal.
- Selecciona el año fiscal 2021.
- Ingresa a la sección “Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta”.
- Selecciona “Pago a Cuenta” y la percepción por compras en el exterior según la RG 4815.
- Finalmente, acepta las percepciones y envía la presentación al empleador.
Requisitos para la solicitud de devolución de percepciones
Si no estás alcanzado por Ganancias, debes:
- Tener CUIT.
- Contar con Clave Fiscal, nivel 2 o superior.
- Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) donde se depositarán los fondos.
- Mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
Además, debes realizar la solicitud mes a mes, ya que se aplica por cada periodo de percepciones. La AFIP realizará controles y verificaciones antes de aprobar o rechazar la solicitud.
Quiénes pueden solicitar la devolución de percepciones
Las personas que no están registradas en el Impuesto a las Ganancias y no están obligadas a inscribirse pueden solicitar la devolución. También, aquellos que están inscritos en el Impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, y viceversa. Asimismo, los empleados en relación de dependencia que no están sujetos a retenciones de Ganancias por parte de su empleador pueden hacerlo.
Opinión editorial
En nuestra sociedad, donde la economía juega un papel crucial en nuestras vidas, este tipo de iniciativas de devolución de impuestos pueden significar un respiro necesario para muchos contribuyentes. Sin embargo, es fundamental estar informado y realizar los trámites de manera adecuada para evitar inconvenientes. Desde aquí, instamos a la AFIP a facilitar aún más estos procesos para el beneficio de todos los contribuyentes.